| ABRIL 27 |
UN MINISTERIO SANTO
Levítico 21:1-24
Nuestra lectura de hoy guarda un paralelo con lo leído el 15 de abril.
Allí notábamos prohibiciones dentro del oficio de los sacerdotes, aquí
hay restricciones en cuanto a su vida entre el pueblo de Israel. Lo mismo
es aplicable al que hoy desea ministrar ante Dios frente a su pueblo (1
Ti. 3:1-13; Tit. 1:6-9). Estas restricciones son pedidas porque:
1. Bendice en nombre de Dios (Nm. 6:22-27).
2. Enseña las leyes de Dios (Lv. 10:11).
3. Lleva frente a los hombres, en forma visible, el nombre de Dios y su
unción (v. 12; Éx. 28:36-38).
Al estudiarlas con detenimiento, notamos que abarcan:
1. Lo ejemplar de su matrimonio (vs. 7,14,15). Una unión matrimonial perfecta
es base para la educación de los hijos y es necesaria para que nuestras
oraciones no tengan estorbo (1 P. 3:7).
2. El gobierno de su casa (v. 9). Si no ha podido enseñar a sus hijos,
¿cómo podrá enseñar al pueblo?
3. El cuidado de su persona. No debe contaminarse (vs. 1-6) ni debiera
haber defecto en él (vs. 17-21). Aunque notamos que por lo segundo no sería
cortado de sus privilegios (v. 22), sólo sería impedido de ministrar ante
Dios.
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